Procedimiento de Denuncia y Sanción de Violencia en el Trabajo, Acoso Laboral y Acoso Sexual Laboral (VALS)
INFORMACIÓN RELEVANTE Y DOCUMENTOS PARA DESCARGA.
CONCEPTOS CLAVES
Conceptos Clave:
1) Acoso Laboral:
Toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
2) Acoso Sexual Laboral:
El que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
3) Violencia en el Trabajo:
Aquellas conductas que afecten a las trabajadoras y trabajadores, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros.
Estos hechos deben denunciarse mediante el siguiente protocolo:
4) Discriminación Arbitraria Toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
Ley N° 21.643 (Ley Karin)
El objetivo de la Ley es realizar regulaciones en materia de prevención, investigación y sanción del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.
Busca promover relaciones laborales basadas en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de las personas y con perspectiva de género. Esto implica espacios de trabajo donde se promueve la igualdad y se erradica la discriminación arbitraria.
Por esta razón es fundamental informarnos sobre esta nueva ley y comprender la importancia de generar espacios de trabajo más seguros, saludables y libres de violencia.
ORIENTACIÓN:
Si crees estar viviendo alguna situación de Violencia Laboral (VALS), sugerimos contactar a los siguientes Orientadores de denuncia para agendar una hora de atención, donde podrán escucharle activamente y resolver dudas sobre el procedimiento:
1.- Pilar Pino Cañas, Trabajadora Social
Unidad Incorporación de Personas
327435 / 32-257435
pilar.pino@redsalud.gob.cl
2.- Víctor Valenzuela Morales, Psicólogo
Unidad Calidad de Vida Laboral
327463 / 32-2577463
victor.valenzuela.m@redsalud.gob.cl
3.- Francisco Valdés Landeros, Psicólogo
Unidad Centro de Especialidad
328851 / 32 2578851
francisco.valdes.l@redsalud.gob.cl
DOCUMENTOS PARA DESCARGAR:
PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA Y SANCIÓN VALS. RX 2875 31/07/2024
FORMULARIO DENUNCIA VALS
FLUJOGRAMA DENUNCIAS Y SANCIÓN VALS
TRÍPTICO HABLEMOS DE ACOSO LABORAL
PRÁCTICAS CONSTITUTIVAS DE ACOSO LABORAL
PRÁCTICAS CONSTITUTIVAS DE ACOSO SEXUAL LABORAL
PRÁCTICAS NO CONSTITUTIVAS DE ACOSO LABORAL
LEY KARIN INFORMATIVO IST